Pasión por mi trabajo

Desde que me inicie vocacionalmente en esto de la Educación y Formación Vial, mi principal preocupación fue, es y será la siniestralidad vial, los mal llamados accidentes de tráfico, (mal llamados porque la gran mayoría no son nada accidentales), y sobre todo lo que más me sigue preocupando es la siniestralidad vial juvenil.

Esa ingente cantidad de futuras promesas que dejan su vida en el asfalto, gratuitamente, las frías estadísticas (son simplemente cifras) nos demuestran, y nos siguen machacando, diciéndonos que la mayoría de las víctimas de estos siniestros viales son jóvenes de entre 15 a 29 años, ¿Por qué?

¿Por qué seguimos permitiendo esta sangría? ¿Por qué se sigue desde las administraciones, desde las autoridades con responsabilidad en el tráfico y en la educación sin hacer absolutamente nada? Por lo menos nada que resulte verdaderamente eficaz, que erradique esos porcentajes de las estadísticas. Somos muchos los que apuntamos la solución: una verdadera Educación Vial y una mejor Formación Vial.

En el apartado de la Seguridad Vial estoy comprometido con la educación vial de los niños en los colegios y en la formación de los futuros conductores, además de la formación en los cursos cap obligatorios para los conductores profesionales y en cursos de carretillas y plataformas elevadoras. Sí en todos estos años he conseguido influir con mis consejos, aunque sea a una sola persona y esto ha servido para evitar un solo accidente, me considero satisfecho y recompensado. Lucho por conseguir desde mi trabajo y mi actividad, conductores seguros y responsables y acabar o reducir esa lacra social que es el accidente de tráfico.

miércoles, 17 de marzo de 2021

Nueva modificación en el Reglamento de Circulación que afecta al Servicio de Auxilio en Carretera

 16 marzo, 2021

El Consejo de Ministros de hoy ha aprobado la modificación del Reglamento General de CirculaciónVehículos y Conductores que reforma en profundidad el marco jurídico de todas aquellas materias que precisaban de actualización en lo que a circulación de vehículos en nuestro país se refiere, con objeto de poder disponer de una norma que permita cumplir los retos de movilidad segura y sostenible de los próximos años.

En concreto, ha sido aprobado el Real Decreto que regula los servicios de auxilio en vías públicas, cumpliendo así con una reivindicación que desde hace muchos años pedía el sector de Auxilio en Carretera en busca de aumentar la seguridad de los trabajadores y usuarios durarte las operaciones de auxilio en carretera.

El objetivo de esta nueva regulación es la de «garantizar la seguridad en estas actuaciones, ya que cerca de los 11.000 vehículos que efectúan a diario operaciones de ayuda y rescate se exponen a un alto grado de peligrosidad».

Para lograrlo, una de las novedades importantes incluidas en este Real Decreto (tanto para el sector de auxilio en carretera como para los usuarios de las vías en general, establece una señalización luminosa mejorada y se añade la señalización acústica a estos vehículos de asistencia en carretera, otorgándoles preferencia de paso frente a los demás usuarios cuando se dirijan a asistir a un servicio usando las señales luminosas y acústicas en su caso (estás últimas deberán apagarse mientras se está auxiliando al vehículo).

Además, tal y como el sector de auxilio en carretera ha solicitado durante años, se recoge que como norma general no se realizará ninguna reparación del vehículo en la propia vía, salvo que esa actuación sea más rápida que la retirada del vehículo o sea necesaria para poder retirar el vehículo.

Se aumenta la seguridad de los operarios de auxilio, ya que los vehículos deberán estar dotados de distintivos retrorreflectantes en un tercio de la superficie disponible frontal, lateral y trasera del vehículo.

Se incluyen también medidas para moderar la velocidad, mantener una distancia lateral mínima a la hora de adelantar a un vehículo inmovilizado y, en su caso, si fuera preciso, detenerse cuando se encuentre un vehículo de auxilio en la vía prestando servicio.

Otra de las aportaciones del nuevo reglamento reside en la obligación de los técnicos de auxilio en carretera de contar con los conocimientos exigidos para la realización de las actividades, por lo que se les exige una formación obligatoria acorde al trabajo que realizan. Hasta este momento no existía ningún tipo de formación obligatoria.

El Real Decreto establece también que la inmovilización del vehículo se comunicará o al operador de auxilio, o a un tercero que la remitirá a la autoridad encargada de la regulación, ordenación del tráfico para su publicación en el punto de acceso nacional en materia de tráfico y movilidad. Esta nueva obligación va ayudar a paliar el número de fallecidos en carretera, contribuyendo a una atención sanitaria y de auxilio más rápida y eficaz.

Además, se crea el Registro estatal de Auxilio en Vías Públicas (REAV) del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, en el que entrarán a estar registrados los operadores de auxilio en vías públicas, personas físicas o jurídicas, y sus vehículos asociados.

Por otro lado, se modifica también la señal V24, que pasa a denominarse “Vehículo de servicio en vías públicas”, aumentando la información contenida en la placa, y opcionalmente se podrá instalar una señal acústica tritonal.

Este Real Decreto, además de hacer referencia al servicio de auxílio en carreteras, también realiza una modificación que va afectar a la mayoría de los conductores, que es la sustitución de los Dispositivos de Preseñalización de peligro, los conocidos como “Triángulos” por una luz rotativa.  

En la actualidad, la señalización de situación de emergencia se realiza mediante la colocación de dispositivos de preseñalización de peligro en la forma reglamentaria, y ADICIONALMENTE se puede colocar una luz destellante de color amarillo auto en la parte más alta del vehículo.

Hasta el 1/01/2026 se podrán seguir usando los distintivos de preseñalización actuales (los triángulos), y a partir de esa fecha sólo se podrá utilizar la nueva señal V-16, con una serie de características homologadas de visibilidad (deberá ser visible en 360º y con una intensidad luminosa de entre 40 y 80 candelas, así como contar con un grado de impermeabilidad de al menos IP54.

El dispositivo será autónomo. Utilizará una pila o batería que deberá garantizar su uso al cabo de 18 meses. También son válidos si utilizan una batería recargable y siempre que se pueda cargar en el propio vehículo.

Y además comunicará el propio dispositivo, su activación, desactivación y geoposicionamiento, al punto de acceso nacional en materia de tráfico y movilidad, esta información de localización se enviará cada 100 sg. Sin depender de ningún elemento externo como un teléfono móvil. El coste de las comunicaciones (al menos 12 años) estará incluido en el precio de venta del aparato.

El listado de los aparatos y dispositivos homologados se publicará en la página www.dgt.es/v16

Este nuevo sistema presenta varias ventajas, siendo las más importantes las que radican en la seguridad del usuario. Al no tener que salir del vehículo para colocar los dispositivos de preseñalización de peligro se evita la posibilidad de que el conductor sea arrollado por otro vehículo. Así mismo la geolocalización facilita a los medios de auxilio y asistencia en carretera su servicio, consiguiendo una mayor efectividad, rapidez y seguridad. Ambas cosas van a redundar en una disminución del número de fallecidos en carretera.

Además, se crea una nueva señal V-27 “Triángulo vertical”, que se activará en el sistema de a bordo un  vehículo, avisando de un peligro, si este peligro ha sido notificado a la plataforma de vehículo conectado de la Dirección General de Tráfico. Esta señal, sólo aparecerá en los vehículos que estén conectados por medios telemáticos con el Punto de Acceso Nacional de información de Tráfico y Movilidad.

De esta forma, un escenario que contemplaremos en breve en nuestras carreteras es que un vehículo se averíe y su conductor, después de detener el vehículo en el arcén, saque el brazo por la ventanilla y coloque en el techo la señal V-16, marcando su posición sin riesgo de invadir la calzada. A continuación se podrá escuchar una sirena y se verán unas luces amarillo auto indicando que un vehículo en servicio de auxilio. Al apartarnos para dejar paso se verá que este vehículo es una grúa que acude en auxilio de un vehículo inmovilizado en la vía (las ambulancias, bomberos y policías pasaron ya a utilizar la luz de color azul).


Manuel Molina Montero

sábado, 6 de julio de 2019

Cadíz ciudad mas fluida de España y segunda del Mundo

Aquí os dejo un video de mi participación en el programa ESPAÑA DIRECTO DE RTVE
 

Cádiz es la ciudad con menos atascos de España

  • El TomTom Traffic Index 2018 sitúa a la capital gaditana en el puesto 402 de las 403 localidades analizadas de 57 países en relación al tiempo que se pierde en una congestión del tráfico
                             
Redacción
                                

No hay circunstancia que más cabree a un conductor que verse inmerso en un atasco que le evite circular con fluidez. Sin embargo, los conductores gaditanos tienen la suerte de vivir en la ciudad española en la que el tráfico está menos congestionado. Incluso, es una de las localidades de todo el mundo en la que se producen menos aglomeraciones de circulación. 
Esta es la principal conclusión del TomTom Traffic Index 2018, un estudio a nivel mundial en la que se analiza la situación del tráfico en 403 ciudades de 57 países de todo el mundo. Cádiz sale muy bien parada de este informe ya que aparece como la capital española en la que se producen menos atascos de las 25 analizadas y queda clasificada en el puesto 402 de un total de 403 ciudades internacionales, viéndose sólo superada por Greensboro-High Point, en Estados Unidos, y siendo también la mejor ciudad europea para conducir


viernes, 30 de noviembre de 2018

Modificación Reglamento para 2019





    Así será el nuevo carné de conducir a partir de 2019


    La DGT exigirá para sacarse el permiso de conducir 8 horas teóricas y para repetir el examen 5 prácticas
    La Dirección General de Tráfico (DGT) pretende que los españoles que quieran sacarse cualquier tipo de permiso de conducir tengan una formación obligatoria teórica presencial de ocho horas.
    Así se desprende del borrador del Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, que contempla, entre otras cosas, cambios en el sistema de formación vial y de exámenes, tanto teóricos como prácticos, unas medidas que la DGT prevé que entren en vigor el 1 de julio de 2019.
    Según el documento, este curso obligatorio versará sobre los colectivos vulnerables (ciclistas, motoristas y peatones), los factores de riesgo (velocidad, alcohol, drogas), distracciones al volante (utilización del teléfono móvil), uso de sistemas de seguridad (casco, cinturón, sillita de retención infantil) y normas de circulación.
    Además, se tratarán los accidentes de tráfico como “problema de salud pública“, donde los aspirantes a conductores verán las consecuencias económicas, sociales y humanas de los siniestros viales. En este punto, se podrán incluir testimonios de víctimas de accidentes, que podrán ser presenciales o en formato vídeo.
    De este modo, esta formación, que tendrá que ser certificada por el director de la autoescuela, servirá para “concienciar sobre la necesidad de adoptar conductas al volante de respeto hacia el resto de usuarios de las vías, impulsando valores que fomenten la convivencia“, así como para “sensibilizar sobre las graves consecuencias que tienen los accidentes de tráfico y la responsabilidad del conductor en los mismos”.
    Con respecto a los test específicos (obligatorio para todos los permisos salvo el A y el B), también se deberá certificar una formación presencial obligatoria. En el caso de los permisos AM, A1 y A2 (ciclomotores y motocicletas de distinta cilindrada), se tendrá que asistir a seis horas de clase, en las que se aprenderá sobre los principales factores de riesgo asociados a la conducción de este tipo de vehículos, sobre técnicas de conducción y sobre elementos de seguridad.
    Mientras, quienes quieran ser admitidos a los permisos C, C1, D, D1 (camiones y autobuses) o combinados (B+E, C+E, C1+E, D+E o D1+E), sólo deberán recibir dos horas de formación sobre los factores de riesgo asociados al tipo de vehículo del que se vayan a examinar.
    No obstante, estarán exentos de realizar formación presencial obligatoria en los siguientes casos: quienes soliciten permiso de la clase C y sean titulares de la clase C1; quienes soliciten permiso de la clase D y sean titulares de la clase D1; y quienes soliciten permiso de la clase C1+E, C+E, D1+E o D+E y ya sean titulares de alguna de estas modalidades.
    Asimismo, otra modificación que recoge el texto –en consulta pública– guarda relación con la calificación de las pruebas teóricas. Así, el tiempo para hacer el examen podría ampliarse al incluirse la posibilidad de incluir vídeos que acompañen a las preguntas.
    El borrador también incluye una modificación: el porcentaje máximo de fallos por test no podrá exceder del 10%. Sin embargo, esto no afectará en el número máximo de errores que se podrá cometer, pues aunque el actual Reglamento General de Conductores recoge un 20% máximo de fallos, se aplica ya en realidad el 10%, según explican fuentes de la DGT a Europa Press.

    Cambios en el examen práctico

    Con respecto al examen práctico de conducir, se establecen plazos mínimos de convocatorias entre una convocatoria y otra. Así, cuando el aspirante no supere la prueba entre la primera y segunda convocatoria, mediará un plazo mínimo de 15 días naturales; entre la segunda y tercera mediará un plazo de, al menos, 30 días naturales; entre la tercera y la cuarta convocatoria, y en adelante, el plazo mínimo será de 20 días. Además, por cada no apto el alumno deberá recibir cinco clases de conducir entre la fecha del último examen suspenso y la de realización de la prueba solicitada.
    En su deseo por incorporar las nuevas tecnologías a la formación, la DGT permitirá que quienes se examinen del práctico para obtener el permiso de moto (A1 y A2) podrá utilizar un GPS en caso de no poder recibir las instrucciones del examinador por el intercomunicador. Además, para realizar la prueba, los alumnos (también los de AM) deberán examinarse con casco homologado, guantes, chaqueta y pantalones para montar en moto y botas de cuero.
    Por otro lado, se rebajará de 24 y 21 años, según qué permisos, a 18 la edad mínima para poder obtener un carné tipo C, D, D1, C+E, D+E y D1+E, una vez sean titulares del Certificado de Aptitud Profesional (CAP).
    El borrador del Ministerio del Interior también contempla cambios en el permiso de conducción de clase B, que autorizará a partir de ahora, si se cuenta con dos años de experiencia, la conducción de automóviles destinados al transporte de mercancías con una masa entre 3.500 y 4.250 kilos.


    lunes, 16 de abril de 2018

    Las Entradas Manuales en el Tacógrafo Digital


    Muchos conductores son reacios a realizar entradas manuales en el tacógrafo digital, desconociendo su utilidad y, sobre todo, la obligatoriedad de su uso. Aquí te mostrare en qué situaciones se deben utilizar.
    He podido observar que la gran mayoría de estos profesionales son reacios a realizar entradas manuales en el tacógrafo digital, desconociendo su utilidad y, sobre todo, la obligatoriedad de su uso.

    ¿Para qué sirven las entradas manuales o adicionales?

    Las entradas manuales sirven para registrar aquellas actividades que no han sido reflejadas en el tacógrafo ni la tarjeta de conductor dentro de una misma jornada o bien entre el final de una jornada y el inicio de otra.
    Esto suele suceder cuando, al no tener insertada la tarjeta de conductor en el tacógrafo, estas actividades no se registran automáticamente. También puede suceder que aun teniéndola insertada, hemos realizado una actividad fuera del vehículo distinta a la que se ha registrado automáticamente.

    Dos situaciones en las que hay que realizar una entrada manual adicional

    Ejemplo 1:
    Después de iniciar una jornada, paramos a comer y extraemos la tarjeta.
    Cuando volvamos al vehículo, tendremos que realizar entrada manual para registrar ese descanso o la pausa.

    Ejemplo 2:
    Desplazamiento para recoger el camión y relevar a un compañero.
    El reglamento 561/2006, art. 4 apartado “e” define como «otro trabajo»: “cualquier actividad definida como tiempo de trabajo con arreglo al artículo 3, letra a), de la Directiva 2002/15/CE, salvo la conducción, incluido cualquier trabajo para el mismo u otro empresario dentro o fuera del sector del transporte”.
    Es decir, viajar de un lugar a otro para hacerse cargo de un vehículo, es una actividad definida como “otros trabajos”, que está dentro del periodo de trabajo diario, por lo tanto se debe registrar como entrada manual.

    Si esta circunstancia se da en un vehículo con tacógrafo analógico, se realizará una anotación en el reverso del disco diagrama, utilizando la cuadrícula que, al efecto, tiene impresa.
    Las entradas manuales en un tacógrafo digital para registrar la actividad, nos exime de tener que aportar el certificado de actividades o Leave Letter.

    martes, 16 de enero de 2018

    Formación CAP



    Curso que realice como Docente.

    ¿Qué es el CAP?


    Es un certificado de aptitud profesional que se requiere con carácter obligatorio a los conductores de transporte de viajeros desde el 11 de septiembre de 2008, y a los conductores de transporte de mercancías desde el 11 de septiembre de 2009, sin el cual no pueden realizar la actividad profesional del transporte.

    ¿Dónde se pueden realizar los cursos para la obtención del Certificado del CAP?

    En centros Autorizados por la Administración Autonómica, órgano competente por delegación del Ministerio de Fomento.

    ¿Cómo se consigue el CAP?

    Realizando un curso de los que a continuación se indican:
    Cursos de formación inicial, deben hacerlo aquellos conductores que obtengan el permiso de conducir a partir de las fechas de entrada en vigor de CAP. Para ser conductor profesional de forma legal se tiene que tener el CAP correspondiente y el permiso de conducir de la clase que corresponda. Los cursos de formación inicial acelerada CAP constan de 130 horas teóricas y 10 horas prácticas. Estos cursos son presénciales y de obligada asistencia. 
    Cursos de formación continua o de renovación, deben hacerlo todos los conductores profesionales cada cinco años durante toda su vida profesional .Estos cursos constan de 35 horas teóricas, sin prácticas obligatorias y sin examen. 

    sábado, 25 de noviembre de 2017

    Seguridad Vial en Bicicletas



    Bonita jornada en la que participe como Profesor en Educación Vial, organizada conjuntamente por la Fundación CNAE, la Asosación Comarcal de Autoescuelas de Jerez (ACAEZ) y el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, como un acto más dentro de la 47 Convención de Autoescuelas realizada en Jerez.

    domingo, 12 de marzo de 2017

    Curso Carretillas y Plataformas Elevadoras

    Clausura del Curso que impartí como docente para obtener el carnet de Carretillas y Plataformas Elevadoras obligatorio para poder manejar este tipo de maquinaria conforme a la Ley.